Sistema de auto certificación con fiscalización directa del SAG
Para utilizar la denominación de orgánicos, ecológicos o biológicos en sus productos, las Organizaciones de Agricultores Ecológicos, deberán registrarse ante el SAG y cumplir con la normativa vigente en agricultura orgánica.
Se considera como Organizaciones de Agricultores Ecológicos a las organizaciones integradas por pequeños productores, familiares, campesinos e indígenas, con personalidad jurídica y cuyas ventas anuales no superen el equivalente a 25.000 Unidades de Fomento (UF).
Para ingresar al registro las Organizaciones de Agricultores Ecológicos se deben presentar ante el SAG los siguientes documentos:
Se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Pertenecer a una organización legalmente constituida.
- Cumplir con los requisitos de producción establecidos en el Reglamento y las Normas Técnicas.
- Llevar registros de sus actividades productivas que permitan establecer un sistema de rastreabilidad.
- Dar libre acceso a sus unidades productivas y unidades de comercialización a los/as inspectores/as del SAG.
- Permitir las inspecciones, entregar la información y cumplir los requerimientos que el SAG determine, dentro de sus funciones de fiscalización.
- Entregar al SAG, al 30 de junio de cada año, un informe anual de sus actividades.
- Presentar un sistema de control interno y sus procedimientos.
Una vez revisado todos los antecedentes y si cumplen con todos los requisitos establecidos, el SAG registrará al/la interesado/a.
- Instructivo para la Inscripción de Entidades Certificadoras de Productos Orgánicos y de Organizaciones de Pequeños Agricultores Ecológicos
- Guidelines for the registration of organic products certifying bodies and small ecological farmers Organizations
- Registro Organizaciones de Agricultores Ecológicos
- Register of the National Organic Certification System. “Organizations of Ecological Farmers”
Mapa de Organizaciones de Agricultores Ecológicos en Chile (pinchar en el mapa)