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Para llevar a cabo el proceso de importación de animales, productos o subproductos de origen animal, se debe contar con la apertura de mercado. Este proceso se gestiona entre el SAG y la autoridad sanitaria del país de origen.
Para la apertura de mercado, se deben haber cumplido, las siguientes etapas satisfactoriamente:
- Evaluación de la autoridad sanitaria del país de origen.
- Evaluación de la situación sanitaria del país de origen.
- Habilitación de los establecimientos de origen.
- Acuerdo del certificado sanitario.
El certificado sanitario se basa en las exigencias sanitarias específicas para cada animal, producto o subproducto de origen animal.
En el caso de las importaciones de productos o muestras pecuarias, sin valor comercial, se debe tramitar un permiso de importación.
En el caso de animales, productos o subproductos de origen animal que no cuenten con exigencias sanitarias específicas, se debe acordar un protocolo o tramitar una monografía de procesos, según corresponda.
Existen productos y subproductos pecuarios que no requieren habilitación del establecimiento de origen, solo certificación sanitaria, estos se encuentran establecidos en la Resolución SAG N° 7.773/2021.
Finalmente, existen productos o subproductos pecuarios que no requieren visto bueno del SAG, por no representar un riesgo sanitario para Chile, estos se encuentran establecidos en la Resolución N° 91/2022.
Consideración: Si los productos o subproductos son importados en embalajes de madera, adicionalmente deben cumplir con la NIMF Nᵒ 15.
Ante cualquier consulta favor dirigirse a propec@sag.gob.cl.
Reconocimiento sanitario de terceros países
Habilitación de establecimientos
Permiso de importación pecuario
Puertos habilitados - Ingreso a Chile
Puertos habilitados - Tránsito por Chile