El SAG, a través de la Unidad de Protección de Recursos Naturales Renovables, realizó en Cauquenes una charla de divulgación sobre la Ley 20.089 que crea el Sistema Nacional de Certificación de Productos Orgánicos Agrícolas, con énfasis en los requisitos para registrar en el SAG una Organización de Agricultores Ecológicos.
La actividad tuvo por finalidad que los agricultores de la provincia pudieran conocer los requisitos para que su organización pueda certificar sus productos agrícolas.
Al respecto el Coordinador Regional de Agricultura Orgánica del SAG, Pablo Barra Barrera señaló que “las actividades de divulgación de la Ley 20.089 y sus requisitos para la producción orgánica, tienen como objetivo estar en permanente trabajo con las comunidades, de forma de dar un impulso a esta forma de producir alimentos con una mirada integral, en donde se consideran aspectos económicos, sociales y medioambientales. Así, la modalidad, establecida en la Ley, sobre autocertificación por parte de Organizaciones de Agricultores Ecológicos, con fiscalización directa del SAG, es una alternativa interesante para que pequeños agricultores puedan certificar sus productos, etiquetados como orgánicos, y comercializarlos en Chile. Esta certificación, da garantía a los consumidores, en cuanto a que estos cumplen con la Normativa Nacional Orgánica y, por lo tanto, se producen sin el uso de insumos sintéticos, cuidando el medio ambiente y conservando los recursos naturales locales. Además, la certificación, da un valor agregado a los productos y permite a los productores acceder a mejores alternativas de comercialización.”
Esta actividad se realizó en el Sector El Carmín de la Comuna de Chanco, Provincia de Cauquenes, en coordinación con INDAP y profesionales de PRODESAL. Por su parte, el objetivo de INDAP, fue capacitar a los productores (as) en producción agrícola ecológica, libre de insumos químicos y luego asesorarlos (as) y acompañarlos (as) en la comercialización de sus productos, lo que evidentemente incidirá en un cambio, tanto en sus vidas, en sus familias como en el lugar donde viven.
Control de Lobesia en huertos orgánicos
Los huertos orgánicos, al igual que los huertos tradicionales y que estén bajo las áreas de control de SAG por Lobesia botrana, deben cumplir con las aplicaciones químicas para el control de esta polilla; por ello, las acciones de control químico se realizarán de manera obligatoria en todos los predios de vid, arándanos y ciruelos que se ubiquen en el área de control vigente. Los productos aprobados y autorizados para el control de Lobesia botrana en huertos orgánicos están establecidos por resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero para tales efectos.
No obstante lo anterior, la responsabilidad de la correcta aplicación es de los productores; al respecto el Coordinador Regional del Programa de Lobesia botrana del SAG, Julio Hernández Yáñez, señaló que, “son los productores quienes deberán seleccionar aquellos productos cuyo uso es el más viable según el destino de su producción, tomando en cuenta el periodo de carencia para cumplir los Limites Máximo de Residuos (LMR) de los mercados de destino de la fruta”, indicó.
El listado de plaguicidas autorizados para el Control Oficial de Lobesia botrana en predios orgánicos son BETK-03 WP, Javelin WG, Dipel WG, según lo establece el SAG. Es importante verificar el uso del producto, así como el uso de los Elementos de Protección Personal de quienes ejecutarán la labor de aplicación, según se describe en la etiqueta del plaguicida.
Sólo los productos autorizados por el SAG para el control de Lobesia botrana, pueden ser utilizados, y deben ser elegidos en el listado publicado de acuerdo a su nombre comercial.
Es importante realizar una aplicación eficiente, para eso se deben calibrar los equipos antes de comenzar las aplicaciones y procurar tener una buena cobertura del producto en flores y frutos.