Declaraciones
Toda persona que produzca, envase, venda, importe o exporte bebidas alcohólicas debe cumplir con informar al SAG respecto a cosecha, existencia, ventas y transferencias.
Fecha de presentación | Tipo de declaración | Quién debe hacerla |
Desde el 2 hasta el 31 de mayo Correcciones desde el 1 al 30 de junio |
Cosecha de vinos | Productor de vino, chicha y mostos |
Desde el 1 al 19 de enero | Existencia de vinos | Tenedores a cualquier título de vinos, chichas y mostos |
Declaración de cosecha de vinos, mostos y chichas a granel
Declaración jurada anual, que se efectúa hasta el 30 de mayo en forma escrita o en línea, que permite mantener una información actualizada de la producción nacional con el propósito de disponer y divulgar los volúmenes producidos anualmente de vinos, mostos y chichas para una adecuada información de los agentes que operan en el sector.
Declaración de existencia de vinos, mostos y chichas a granel
Todos los tenedores a cualquier título de vinos, mostos y chichas a granel deben realizar anualmente la declaración de sus existencias al 31 de diciembre. Esto permite al SAG mantener una información actualizada de los volúmenes en existencia de tales productos con el propósito de conocer y divulgar dichos antecedentes para una adecuada información de los agentes que operan en el sector.
La Resolución Exenta N° 1.738/2015 establece la obligación de las bodegas elaboradoras de vino de informar al Servicio Agrícola y Ganadero la vendimia de uvas. De esta manera, las obligaciones establecidas en los resuelvos N° 1 y 2 de dicha Resolución entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2016, mientras que el resuelvo N° 3 entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial (20/04/2015).