IMPORTANTE
Nueva normativa para la certificación de proyectos de Subdivisión de Predios Rústicos (SPR)
Resolución Exenta N°4.788/2024
Descarga aquí el formulario actualizado de solicitud de certificación de subdivisión de predios rústicos.
Desde aquí podrá descargar la Pauta de Revisión de su proyecto de subdivisión. Esta pauta es un material que se ha desarrollado para apoyar la presentación de su proyecto de subdivisión, de modo que antes de ingresar su solicitud, pueda corroborar que tanto el plano como los antecedentes del proyecto cumplen los requisitos para su evaluación. La revisión que efectúa el usuario con esta pauta no reemplaza en caso alguno la evaluación de su proyecto conforme la normativa vigente.
Descripción del trámite
Este trámite permite a los propietarios de predios rústicos solicitar un certificado para dividir su propiedad en lotes más pequeños. Esto es posible siempre y cuando se cumplan las normas establecidas y mantener la aptitud agrícola, ganadera o forestal del terreno. Con este certificado, un propietario podrá iniciar el proceso formal de subdivisión ante el Conservador de Bienes Raíces de la comuna donde se ubica el predio a subdividir.
A continuación, le presentamos un video donde podrá conocer mejor el procedimiento:
¿Cómo saber si califico para presentar una solicitud de certificación de un proyecto de subdivisión de predio rústico?
En general, lo primero que se debe tener presente es que el trámite está dirigido a aquellas personas naturales o jurídicas que sean propietarias de predios rústicos.
De acuerdo al Decreto Ley Nº3.516 de 1980, los lotes resultantes de la subdivisión debe tener una superficie no inferior a 0,5 hectáreas físicas (5.000 metros cuadrados), salvo las excepciones contempladas en dicha normativa.
Para solicitar la certificación de un proyecto de subdivisión de predio rústico, éste debe ubicarse fuera de los límites urbanos y fuera de los límites de los planes reguladores intercomunales de Santiago y Valparaíso, así como del plan regulador metropolitano de Concepción.
En el caso de la región Metropolitana, con la entrada en vigencia del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), para las subdivisiones en dicha región no se aplica el D.L. N° 3.516, sino las normas establecidas el PRMS, las cuales se tramitan ante la SEREMI MINVU y no ante el SAG.
Se debe hacer presente que la certificación del SAG no es una autorización para materializar una subdivisión; ya que una vez obtenido el certificado del SAG, deberá dirigirse al Conservador de Bienes Raíces de la comuna donde se ubica el predio de interés, presentar el certificado del SAG correspondiente al proyecto de subdivisión del predio, junto con otros documentos que le solicitarán, para inscribir la nueva división de su propiedad en el registro del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, conforme al plano de subdivisión y demás antecedentes para cumplir la normativa vigente.
A continuación, le presentamos un video que aclara un poco más la pregunta anterior.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Con la entrada en vigencia Resolución Exenta N°4.788/2024, se establecieron tres modalidades para ingresar una solicitud de certificación de proyecto de subdivisión predial ante el SAG. Dependiendo de la región donde se encuentre el predio, usted podrá realizar la solicitud directamente ante el SAG en forma virtual (requiere ClaveÚnica) o presencial; o a través de un Tercero Autorizado.
Para realizar el trámite lo primero que necesita es conocer si en su región se encuentra habilitado el sistema de Terceros Autorizados para realizar la verificación de solicitudes de subdivisión de predios rústicos.
En aquellas regiones donde se encuentre habilitado ese sistema de Tercero Autorizados, usted deberá presentar su solicitud exclusivamente a través de dicho sistema. El listado actualizado de Terceros Autorizados se encontrará disponible aquí https://www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/ambito-recursos-naturales).
Independientemente de la vía de ingreso, los planos físicos deben entregarse en la oficina SAG correspondiente al lugar de ubicación del predio.
Es importante tener presente, que es responsabilidad del interesado chequear que su expediente esté completo y que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa al momento de presentar su solicitud y/o entregar los planos físicos; para lo cual es recomendable tener conocimiento sobre la normativa vigente para la certificación de proyectos de subdivisión de predios rústicos, especialmente el Decreto Ley N° 3.516/1980 establece normas sobre división de predios rústicos y la Resolución Exenta N°4.788/2024 que determina la forma de expedir certificados de proyectos de subdivisión de predios rústicos), así como el acceso al Formulario de Certificación de Solicitudes de Subdivisión de Predios Rústicos vigente y la Pauta de Revisión previa a la presentación de su solicitud.
Material de difusión
(pinchar en la imagen para descargar)