Para iniciar el proceso de importación, ya sea de una muestra o embarque comercial, se deberá presentar en la Oficina SAG del punto de ingreso, la siguiente documentación:
- Certificación de Destinación Aduanera (CDA): es el documento mediante el cual se inicia un trámite de importación en el punto de ingreso. Es responsabilidad de los importadores o de los agentes de aduanas que los representen, declarar en este documento, de manera exacta y veraz, los productos que requieran, para su ingreso al territorio nacional, visto bueno del Servicio.
- Certificado Fitosanitario: Es el documento oficial, emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen, que ampara un envío, cuando corresponda. Este documento debe acreditar el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios para el producto a importar.
Para agilizar el trámite documental ante el Servicio Nacional de Aduanas, el importador o su representante podrán solicitar a la oficina del SAG, del punto de ingreso, la tramitación documental anticipada del producto, presentando el CDA y copia de los documentos que amparan el envío, la cual será calificada por un inspector del SAG.
Una vez arribado el envío, los documentos, el producto, sus embalajes y material de acomodación, serán sometidos a una inspección, por parte de los inspectores del Servicio, en el recinto primario del punto de ingreso autorizado, u otras instalaciones que el SAG determine, según corresponda a la categoría de riesgo fitosanitario del producto. El proceso de inspección contempla dos etapas:
- Verificación documental.
- Inspección Fitosanitaria o verificación del producto.
Si no se presentan reparos durante el proceso de inspección, se podrá autorizar su ingreso.
En el caso de que el producto sea rechazado, deberá ser reembarcado o destruido, a costo del importador.
Una vez culminado el proceso de importación, el Servicio emite un Informe de Inspección de Productos Agropecuarios (IIPA), el cual define la condición final del envío.
Para los siguientes productos se requieren, además, procedimientos y requerimientos específicos:
Los procedimientos que regulan la importación de productos de origen agrícola y forestal se encuentran detallados en la Resolución Nº 3.815 de 2003 , modificada por la Resolución Nº 2.781 de 2006 y N° 1.634 de 2016.