Solicitud de Comunicación de Inicio de Actividades de la Ley de Alcoholes
Descripción del trámite
Permite la incorporación al registro de actividades reguladas por la ley de alcoholes, y sirve para controlar que la producción y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas, mostos y vinagres.
Obtenga más información.
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Para los locales de expendio de bebidas alcohólicas (botillerías y restaurantes) es requisito realizar este trámite para obtener la patente de alcoholes que otorga la municipalidad.
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El trámite se puede realizar durante todo el año.
¿A quién va dirigido?
Toda persona natural (primera categoría) o jurídica que produzca, elabore, envase, comercialice, importe o exporte vinos y otras bebidas alcohólicas y usuarios de alcohol etílico no desnaturalizado para fines distintos de la bebida, que cumpla los siguientes requisitos:
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Contar con inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos (SII).
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Solicitar la inscripción en un plazo de 30 días, contados desde de la fecha de presentación de la declaración jurada de inicio de actividades ante el SII.
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Ser el representante legal de la empresa.
Detalles
Toda persona que produzca, envase, comercialice, importe o exporte productos regulados por la ley N° 18.455 debe informar al SAG sobre su inicio de actividades a través de un formulario especial que proporcione el servicio al efecto, con lo que quedará inscrito en el registro.
También debe dar aviso sobre cualquier cambio en la razón social, ampliación de giro o término de la actividad.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
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RUT del titular.
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Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), o los antecedentes que acrediten que el interesado no se encuentra obligado legalmente a efectuar tal declaración.
¿Cuál es el costo del trámite?
0,14 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
¿Qué vigencia tiene?
Indefinida.
¿Marco Legal?
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Ley Nº 18.455, que fija normas sobre producción, elaboración y comercialización de alcoholes etílicos, bebidas alcohólicas y vinagres.
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Decreto Nº 78, de 1986: reglamento de la ley.
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Decreto exento Nº 88, de 2004, que fija el valor de la tarifa.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
En oficina1- Reúna los antecedentes requeridos. 2- Diríjase a una oficina regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). 3- Entregue los antecedentes requeridos. 4- Explique el motivo de su visita: comunicar el actividades por la ley de alcoholes. 5- Entregue los antecedentes requeridos. 6- Pague la tarifa que corresponda. 7- Como resultado del trámite, habrá comunicado ante el SAG el inicio de actividades como productor o comerciante de bebidas alcohólicas.
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En línea1- Haga clic en "Ir a trámite". 2- Ingrese su clave única y haga clic en "Autenticar". 3- Complete la Solicitud de Comunicación de inicio de actividades para la Ley de Alcoholes y pague el trámite. 4- Como resultado del trámite, habrá comunicado ante el SAG el inicio de actividades como productor o comerciante de bebidas alcohólicas.
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