Luego de la autorización de un plaguicida, el registro puede ser modificados o renovados, según las directrices de las correspondientes resoluciones vigentes.
1. Renovación de autorizaciones de plaguicidas
Los plaguicidas autorizados bajo la Resolución N° 3.670 de 1999, que dispone que el período de vigencia de la autorización de 10 años, deben regirse por los nuevos plazos establecidos en la Resolución Exenta N° 1.557/2014 y sus modificaciones.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta última, el titular de la autorización debe presentar la Solicitud de renovación de autorización de plaguicidas al Servicio Agrícola y Ganadero, con un mínimo de 6 meses de anticipación a su vencimiento, es decir, si ésta solicitud se presenta en un período inferior a 6 meses de anticipación a su vencimiento, estaría fuera de plazo.
El formulario de solicitud corresponde al F-RIS-RAI-PA-007.
Una vez verificada la recepción de los antecedentes requeridos para este tipo de solicitud, se procede a su evaluación y en caso de ser aprobado, se emite la correspondiente Resolución, que autoriza la renovación de la inscripción por un periodo de 5 años adicionales a partir de la fecha de vencimiento original.
2. Modificaciones a autorizaciones de plaguicidas ya extendidas
Una vez autorizado un plaguicida, se puede solicitar modificaciones a la resolución de autorización del plaguicida. Esta solicitud debe venir acompañada con los respectivos documentos de respaldo y las solicitudes según corresponda a la modificación.
Para las siguientes solicitudes, se utiliza el formulario F-RIS-RAI-PA-001.
- Modificación de origen de plaguicidas
- Modificaciones a la etiqueta
- Modificación de carencias
- Cambio de nombre comercial del plaguicida
Para la Sustitución de un producto formulado por cambios de la composición de la sustancia activa grado técnico; se utiliza el formulario F-RIS-RAI-PA-003
Para la sustitución del producto formulado por cambios en la composición de los coformulantes, se utiliza el siguiente formulario: F-RIS-RAI-PA-004
Para las siguientes solicitudes, se utiliza el formulario F-RIS-RAI-PA-005
- Solicitud de modificación de uso
- Modificación del titular de la autorización
- Ampliación de uso Agricultura orgánica
De este modo, y una vez ratificados los antecedentes requeridos de acuerdo con el tipo de solicitud, se procede a su evaluación la que, en caso de ser aprobada, se autorizará a través de la emisión de una nueva resolución.
Preguntas Frecuentes referidas para solicitud de Post-Registro
Preguntas frecuentes sobre Solicitud de Modificación de Uso en Agricultura Orgánica